El menor, que veraneaba con su familia en la localidad burgalesa, permanecía ingresado en estado muy grave en el Hospital de Cruces desde el accidente ocurrido el sábado
Confirman una condena de diez años de prisión a un hombre por violar a una menor en Burgos
Se ha valorado la concreción del relato de la víctima, su claridad expositiva y su lenguaje gestual
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmdo, al ratificarla, una condena a un hombre por violar a una niña de 14 años en una localidad de Burgos. La sentencia, que rechaza el recurso de la defensa que pedía no aplicar la condena por la ausencia de prueba, la vulneración de la presunción de inocencia y la quiebra del principio 'in dubio pro reo' (aplicar la sentencia que más favorezca al preso), lleva consigo diez años de prisión y otros cinco años de libertad vigilada.
Para ello, se ha valorado la concreción del relato de la víctima, su claridad expositiva y su lenguaje gestual, y ha atribuido algunos lapsos al tiempo transcurrido entre los hechos, la denuncia -presentada el 11 de marzo de 2021- y la celebración del juicio, en diciembre de 2024: "Resulta probado en este caso que el silencio se debió a una situación de bloqueo padecido por la niña __ENDASH__que, a mayor abundamiento, en ese instante no tenía con su madre una relación como para sentirse apoyada por ella-, y que tras ausentarse una temporada de la localidad y regresar a la misma, volvió a sentir la rabia derivada de lo sucedido y al sentirse apoyada por sus amigas, que la hicieron ver que ella no era culpable de nada, se decidió a contar los hechos".
Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Burgos condenó al procesado por un delito de agresión sexual a la menor empleando violencia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Consideró probado que el hombre, que regentaba un pub, se aprovechó del estado de embriaguez de la víctima y tras llevarla a una habitación en un piso superior del establecimiento, la inmovilizó y la violó analmente de "forma repetida y violenta", lo que provocó en la joven un síndrome ansioso-depresivo, que necesitó de tratamiento psicofarmacológico.
Además de los diez años de prisión y los otros cinco años de libertad vigilada tras la condena, prohibió al condenado a comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 500 metros, a su domicilio o a su lugar de trabajo o estudios durante 15 años. Asimismo, impuso sendas penas de inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad por tiempo de cuatro años y para profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por tiempo de quince años, así como las costas del juicio, aunque no del recurso rechazado.
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