27/04/2025
El TAD inhabilita por ocho meses a Agustín Martín, presidente de la Federación de Voleibol
El dirigente se enfrentaba a denuncias de varios presidentes territoriales por no someter a debate varios acuerdos de la Asamblea General
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El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha decidido suspender al presidente de la Federación Española de Voleibol (RFEVB), el salmantino de nacimiento y afincado en Valladolid, Agustín Martín, por un periodo de ocho meses debido a una infracción grave de la Ley del Deporte de 1990.
Esta decisión del TAD pone fin al expediente abierto tras la solicitud del presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes, en mayo pasado, motivada por denuncias de varios presidentes de federaciones territoriales, según ha informado este miércoles el diario Iusport.
Las denuncias se basaban en que Martín no cumplió en mayo de 2021 con la obligación estatutaria de someter a debate y votación los acuerdos de la Asamblea General de la RFEVB, lo que constituye una infracción muy grave según el artículo 76.2.a) de la Ley del Deporte de 1990.
El TAD ha concluido que en este caso se dieron "los elementos de conciencia y voluntad propios del dolo", siguiendo así la propuesta del instructor del expediente. Martín, quien ha estado al frente de la RFEVB desde noviembre del 2000 y fue reelegido en 2020 por sexta vez, con 35 votos frente a los 34 de la catalana Maribel Zamora, ahora enfrenta esta inhabilitación.
Por su parte, la presidenta de la Federación Catalana, Maribel Zamora, volverá a presentarse en las elecciones de la RFEVB convocadas para el próximo 24 de noviembre.
Cabe destacar que, el pasado 21 de febrero, el juzgado de primera instancia número 15 de Madrid anuló siete acuerdos adoptados por la asamblea de la RFEVB en mayo de 2021, incluyendo presupuestos, proyectos de actuación y calendarios deportivos, debido a que se aprobaron sin votación.
El juzgado respondió parcialmente a una demanda presentada por las federaciones de voleibol de Aragón, Cataluña, País Vasco, Valencia y Cantabria, considerando que los acuerdos fueron contrarios al marco legal vigente.
Los demandantes alegaron que la reunión se llevó a cabo por Zoom, algo no contemplado en los estatutos, y que se tomaron decisiones sin el correspondiente debate ni votación, privando a la asamblea de votar en secreto en los puntos que sí se sometieron a votación, lo que llevó a pedir la nulidad de todos los acuerdos.
Además, la reelección de Martín en 2020 también fue objeto de un juicio en lo contencioso-administrativo, en el cual se determinó que el proceso electoral había sido opaco y carecía de transparencia, por lo que debía retrotraerse al momento de la confección del censo. Esta decisión ha sido recurrida y está a la espera de resolución.
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