El Constitucional rechaza la petición de Juana Rivas de suspender la entrega de su hijo al padre

Juana Rivas recurrió adespués de que la Audiencia Provincial de Granada rechazara su postura

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El Constitucional rechaza la petición de Juana Rivas de suspender la entrega de su hijo al padre
Juana Rivas
El autor esManel Pacho
Manel Pacho
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo de Juana Rivas con el que pretendía suspender la entrega este martes de su hijo menor al padre, el italiano Francesco Arcuri, por lo que el niño, de 11 años, regresará a Carloforte con su progenitor.

Así lo han acordado este martes por unanimidad en una reunión extraordinaria los integrantes de la Sección Segunda del TC al entender que Juana Rivas no ha agotado la vía judicial previa y por carecer de especial trascendencia constitucional el contenido de su demanda.

Juana Rivas recurrió al TC después de que la Audiencia Provincial de Granada rechazara su petición de cualquier medida cautelar contra la entrega del niño dictada por la Corte de Apelación de Cagliari (Italia) en el proceso por el que se resolvió mantener al menor bajo la custodia de su padre.

De esta forma, la Audiencia mantenía la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada para dar cumplimiento a la decisión de la justicia italiana y fijar el intercambio del niño para la mañana de este martes fundamentando que en los temas de familia no hay posibilidad de suspensión.

Para los magistrados del Constitucional, la demanda de amparo de Juana Rivas ante este tribunal es prematura porque "la resolución judicial que puso fin al incidente de ejecución impugnado no es firme puesto que ha sido recurrida en apelación ante la Audiencia de Granada y el recurso no se ha resuelto".

Aclaran que el lunes "la Audiencia Provincial se limitó a denegar una solicitud de suspensión por prejudicialidad penal pero esta decisión no sustituye el requisito de agotamiento de la vía judicial previa necesario para que un recurso de amparo sea admisible". Por otra parte, el TC señala que "del contenido de la demanda presentada no se advierte la trascendencia constitucional exigida, que es un requisito objetivo que debe distinguirse de las presuntas vulneraciones alegadas". "La demanda plantea cuestiones de legalidad ordinaria, como la forma de interpretar la excepción de orden público, al margen de que sobre el resto de las cuestiones planteadas en el recurso existe ya doctrina constitucional que la propia parte invoca", añade.

Por último el TC ha apreciado "falta de requisitos formales" como la no acreditación del poder de representación al procurador, cuya subsanación no se ha reclamado por el tribunal dados los motivos antes expuestos. La Audiencia Provincial de Granada apuntó que la alusión de Juana Rivas al juicio previsto para septiembre contra Francesco Arcuri por un supuesto caso de malos tratos a sus hijos no afecta a la decisión adoptada porque está garantizada la seguridad del niño.

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