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El TSJ regional corrobora una sentencia por violación en Ávila y otra por abuso sexual en León

En el caso de Ávila se condena al acusado a 15 años de cárcel por violar a su nieta; en el de León, a 13 por abusar de su sobrina

El TSJ regional corrobora una sentencia por violación en Ávila y otra por abuso sexual en León
TSJ de Castilla y León.
R.C.G.T
R.C.G.T
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado sendas sentencias condenatorias contra dos acusados de León y Ávila por delitos contra la libertad sexual, recoge la Agencia Ical. 

 

Ávila

 

En el caso de Ávila, el TSJ confirma la sentencia dictada el pasado 3 de julio por la Audiencia de Ávila, que condenó a un hombre como autor de un delito de violación continuada sobre su nieta, menor entonces, a la pena de 15 años de cárcel, junto a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo. También se le prohíbe aproximarse a ella a una distancia inferior a 300 metros durante 25 años y será sometido a libertad vigilada durante una década una vez salga de prisión.

Igualmente, se ha ratificado la pena de inhabilitación especial durante cinco años para cualquier profesión y oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. Se ha desestimado así el recurso de apelación interpuesto por el condenado, que deberá asimismo hacer frente a las costas, incluidas las de la acusación particular, mientras que se ha estimado en parte el recurso interpuesto por la víctima, que pasará a recibir una indemnización de 60.000 euros, el doble de lo fijado inicialmente tras la sentencia de la Audiencia de Ávila.

El hombre, abuelo paterno, violó a su nieta menor de edad y con un grado de discapacidad del 65% desde que tenía 13 años y hasta que la menor confesó los hechos a su madre, tras la celebración de la Navidad y la Nochebuena de 2019. El condenado aprovechaba los encuentros con su nieta durante las vacaciones de verano en Alicante para mantener relaciones con ella, incluida la penetración vaginal, así como en otras visitas de la niña a su casa en Ávila. Para asegurarse del silencio de la víctima, la amenazaba con matar a su mujer, la abuela, sabiendo que ella le tenía "cariño".

La menor presenta sintomatología psicopatológica, en tratamiento, y consumo de cannabis y, además, ha tenido algún intento autolítico, sin que pueda precisarse en qué grado o porcentaje ha tenido incidencia la producción de tal diagnóstico pues existen otros factores, tales como historia familiar, bajas competencias cognitivas o consumo de sustancias, que podrían haber interferido en su salud psíquica.

 

León

 

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado íntegramente la condena de 13 años de cárcel impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina desde que ésta tenía cuatro años.

El dictamen emitido tras el recurso presentado por el condenado expone que las reticencias que plantea sobre el testimonio de la víctima "no empañan su credibilidad, ni hacen llegar a otra conclusión".

El recurrente se centró en cuestionar la credibilidad objetiva de la niña derivada del hecho de que no pudo datar el número de concretos episodios en los que se materializaron las agresiones sexuales sufridas por su parte, ni cuando empezaron, ni cuando terminaron, manifestando por su parte que fueron varias y el tribunal afirma al respecto que "que resulta completamente comprensible y explicable que la víctima no fuera capaz de exponer con detalles cada ocasión que recordaba en la que su tío le había agredido sexualmente, debiendo tenerse en cuenta que tenía cuatro años en el momento en el que comenzaron a suceder unos hechos y que pudieron terminar cuando tenía entre 11 y 12 años, si bien en el relato de hechos probados por seguridad jurídica se acota todavía más el período de tiempo en el que tuvieron lugar".

También se le impuso, y ahora se ratifica, la prohibición de acercarse a menos de 500 de la víctima, que actualmente tiene 16 años, y de comunicarse o establecer con ella contacto escrito, verbal o visual, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático por un periodo de seis años.