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Castilla y León aprueba el decreto de convocatoria de elecciones a alcaldes pedáneos
Es la primera vez que estas elecciones son convocadas por la Comunidad, siendo 2.208 las entidades locales menores
El Consejo de Gobierno, celebrado este jueves, ha aprobado tanto un Decreto por el que se convocan elecciones a alcaldes pedáneos de las entidades locales menores de la Comunidad como un Acuerdo por el que se aprueba el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales.
Mediante este Decreto de la Junta de Castilla y León se convocan elecciones a alcaldes pedáneos de las 2.208 entidades locales menores de la Comunidad de Castilla y León, que se celebrarán el domingo 28 de mayo, distribuidas provincialmente del siguiente modo: 2 en Ávila, 643 en Burgos, 1.226 en León, 223 en Palencia, 19 en Salamanca, 17 en Segovia, 55 en Soria, 9 en Valladolid y 14 en Zamora.
La Junta Electoral Central, por Acuerdo de 23 de enero de 2019, ha establecido que, en los casos en los que las comunidades autónomas asuman la competencia de creación de nuevas entidades territoriales cuya composición y funcionamiento requiera la celebración de elecciones, es la comunidad autónoma la que asume las competencias en materia de convocatoria y gestión de los comicios correspondientes.
Junto al decreto de convocatoria, por Acuerdo de la Junta de Castilla y León también se aprueba el manual de instrucciones que se entregará a los miembros de las Mesas Electorales. Este manual es elaborado, fabricado y distribuido por el Ministerio del Interior, que asume también el gasto. Incorpora las especialidades correspondientes a la Comunidad Autónoma y, una vez, supervisado por la Junta Electoral Central, debe ser aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros y por el Consejo de Gobierno de Junta de Castilla y León.
Convenio en materia de gestión electoral
Dado que se produce la concurrencia electoral con las Elecciones Locales cuya competencia le corresponde al Estado, se va a suscribir un Convenio en materia de gestión electoral entre el Estado y la Comunidad de Castilla y León.
Ambas partes se comprometen a colaborar con el objetivo de utilizar los recursos necesarios de una manera eficiente, previendo el préstamo de recursos cuando fuera necesario y facilitando una gestión electoral coordinada.
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