De frente y por derecho

De frente y por derecho

Por Iluminado Prieto

La dependencia del Poder Judicial


El joven italiano estará con nosotros en el despacho un par de meses, en prácticas, después volverá a su tierra natal para concluir el periodo de prácticas suspendido por su estancia en Salamanca, después, ..., después, dice querer ejercer la abogacía. Nada que decir, nada que objetar. Fui joven, tuve ilusiones; aún quedan. Que los dioses le acompañen.

Ahora él, como mi sombra, me acompaña, en la consulta, en la gestión y en las vistas judiciales. En los pasillos de los Juzgados, durante los tiempos de espera, le voy presentando a colegas a quienes les pido le den algunas indicaciones de como ejercemos "en provincias", en despachos pequeños. Pregunta sobre mi actuación y la del abogado contrario en sala, en las vistas; sobre el papel del procurador; sobre el juez.

Aprovecho y pasamos a ver a un Juez. Y digo Juez (con J), que no funcionario, pues este hombre encarna en su actuación profesional la figura de quien pretende la justicia. Tras la presentación, no es la primera, el joven italiano lanza, si, lanza, una pregunta directa y concreta, salvo error, lo más importante en el ejercicio de su profesión. Unos momentos de reflexión y de articulación del pensamiento; lo más importante es ser consciente de que trabajo para personas, de que mis decisiones afectan a la vida de las personas. Le dice trabajar para personas, para quienes acuden a los Juzgados tratando de resolver sus problemas, no importa el orden jurisdiccional o la posición procesal, siempre personas; todas ellas con sus derechos procesales, todas ellas con sus razones.

Y le dice que, trabajando para personas, desde su independencia, trata de con la ley, ser justo. Y pone en duda que se pueda ser justo cuando en abril de 2025 está señalando vistas para junio de 2026. Le dice dudar de la Justicia cuando esta es tardía y se queja, si bien oculta la amargura, de la falta de medios de la Justicia, por la dependencia del Poder Judicial. ¿Dependencia? Si me contesta a mí, dependencia. Nos enseña la pantalla de su ordenador y nos pregunta ¿que pone ahí? Gobierno de España, Ministerio de Justicia, decimos. No pone Poder Judicial ¿verdad? No, no lo pone. Y el Ministerio de Justicia integrado en el Gobierno es poder ejecutivo ¿o no? Si lo es. ¿Entonces?

Los Juzgados, nos dice, los medios materiales, no dependen del Poder Judicial, los funcionarios de los Juzgados no dependen del Poder Judicial, de este solo dependemos los jueces, y así, la Justicia va por un lado y, la Administración de la Justicia por otro. El Poder Judicial va por un lado, y la Administración de la Justicia por otro. La conversación sigue, termina y nos despedimos.

De camino al despacho incido con el joven italiano en el cambio legislativo al que ha hecho referencia el Juez, al como en poco tiempo el Juzgado actual desaparecerá, y como ya le ha comentado algún colega, en algunas ciudades, en prueba de lo que vendrá, los Juzgados serán  un centro de producción donde trabajaran funcionarios desacoplados de un Juzgado concreto, si bien trabajarán sobre expedientes, a modo de call center, como ya sucede en algún punto de Castilla y León, gran sala, muchas mesas, y la casi imposibilidad del abogado de poder hablar con el funcionario tramitador de un proceso concreto, y el juez (ahora con j), se limitará ajeno a la cuestión productiva, a dirigir vistas y juicios y a dictar resoluciones. Quizás deshumanizado. ¿Será la Justicia más rápida, será más justa? Veremos, dijo el ciego.

Dependencia judicial. Creo que sí. Creo que a nadie en España le interesa la Justicia. Pompa en torno a las togas y las puñetas, pero sólo pompa. España entró en Europa a través del Consejo de Europa, eso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, antes de la aprobación de la Constitución, y en 1986 en las Comunidades Europeas, eso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, antes artículo 234 TCE, eso de la cuestión prejudicial, de la alineación del derecho interno español al ahora Derecho de la Unión Europea. La polémica sobre la cuestión prejudicial relativa a sentencias del Tribunal Constitucional está servida; y si quien ha sido mucho y hoy es más, solicita informes sobre algo ya resuelto, cabe pensar que él y otros muchos no creen en la independencia judicial.

Dependencia judicial. Creo que sí. ¿Cuántos de nuestros jueces se pasarían raudos y veloces a un Poder Judicial catalán o vasco? ¿A un Tribunal Supremo catalán o vasco? Cuantos de nuestros jueces desean estar en el Poder Ejecutivo, ¡cuantos! Es parte de nuestra historia, y quien se mueva, no sale en la foto. Y quien no se mueve aspirando a futuros cargos, a los que se accede no sólo con base en los méritos, no es independiente. Las quejas, innumerables, de jueces por los recientes nombramientos para cargos judiciales, avalan la tesis. El Consejo General del Poder Judicial, poco fluido, marcha a trancas y barrancas. Esperemos que la presidencia del mismo por la Excma. Sra. Dña. María Isabel Perelló Doménech, de frutos; los cambios no son fáciles.

Dependencia judicial. Creo que sí. La cuestión de los dineros. No importa como se organicen los países de nuestro entorno europeo, no me vale comparación alguna, pues si comparamos malas organizaciones, de poco nos vale. Veamos, el Tribunal Constitucional cuenta con autonomía presupuestaria y, convoca los puestos de trabajo - Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.// Resolución de 27 de agosto de 2024, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo- . Sigamos, Justicia, el Consejo General del Poder Judicial convoca oposiciones a la carrera judicial, como por ejemplo la fijada en su día en el "Acuerdo de 8 de febrero de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca un proceso selectivo para provisión de plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a.", pero la entrada de los Secretarios, volvemos a la pompa, hoy Letrados de la Administración de Justicia, no la convoca el Poder Judicial, sino el Ministerio de Justicia, ejemplo ,  la "Orden PJC/215/2024, de 20 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.". Si pasamos al Poder Legislativo, vemos que las oposiciones las convocan los órganos que lo constituyen, así, el "Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus respectivas reuniones de 18 de febrero de 2025, relativo a la Oferta de Empleo Público de las Cortes Generales para 2025."

El Poder Judicial necesita como el Poder Legislativo, como el Poder Ejecutivo y el Tribunal Constitucional, de un aparato administrativo, y por tanto de un presupuesto. Pues no, no necesita del aparato administrativo, es lógico, si la justicia emana del pueblo, el pueblo no dispone de aparato administrativo, y si se "administra" por Jueces y Magistrados, ¿para que necesitan estos de aparato administrativo?, pero claro, si esa administración tiene algo que ver con el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, conforme leyes de competencia y procedimiento, entonces, quizás, sólo quizás el Poder Judicial necesite de un aparato administrativo propio, no sólo el aparataje del Consejo General del Poder Judicial,  para que sus miembros juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado administren Justicia. Propio, no es ajeno. Y si el aparataje actual es ajeno, del Ministerio de Justicia, el Poder Judicial no es independiente del Poder Ejecutivo. Y de ahí no salgo. Y si el Poder Judicial no es independiente, sus miembros, por mucho que nos digan, que lo diga la Constitución, que dice mucho, pero sin que se la haga mucho caso, tampoco.

La justicia gratuita se recoge en nuestra Constitución en el artículo 119 dentro del Título VI, del Poder Judicial, pero en realidad se "administra" por el Ministerio de Justicia, quien, dicho sea de paso, "esclaviza" a los abogados que, a lo largo y ancho de la piel de toro, y en las Islas Baleares y Canarias, en Ceuta y Melilla, en toda España, participan del turno de oficio. Y ya que estamos, y quien esto escribe nunca ha estado en turno de oficio, quede claro al lector que los trabajos realizados por el turno de oficio, se hacen como prestación de servicios independientes, no como trabajo dependiente, cuando cualquiera sabe que el trabajo es dependiente, por cuenta ajena, si se realiza a instancias de una persona o empresa y esta fija sus condiciones. Y quien actúa como empresa, cotiza a la Seguridad Social por sus trabajadores. De ahí, la expresión "esclaviza", precios irrisorios, pagados tarde, mal y nunca, sin cotizaciones sociales. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Ya, y esto ¿quién se lo cree?

A nadie le interesa la Justicia. Concretemos con relación a nadie, a las personas incorporadas a las instituciones político-administrativas españolas no le interesa la Justicia, su independencia. ¿Por qué será?